La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) concluyó una investigación iniciada bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 y anunció la imposición de nuevos aranceles a importaciones provenientes de 60 economías, incluyendo México.
Puntos clave
- Arancel adicional del 10% para productos originarios de 14 socios comerciales, entre ellos México, Canadá, la Unión Europea y el Reino Unido.
- Arancel del 12.5% para las restantes 46 economías incluidas en la medida.
- La disposición entra en vigor a las 00:01 horas del 24 de julio de 2026.
Impacto para México
Los bienes que cumplen con las reglas de origen del T-MEC permanecerán exentos de estos nuevos aranceles, por lo que aproximadamente el 85% de las exportaciones mexicanas hacia Estados Unidos continuarán ingresando con un arancel del 0%.
Asimismo, la medida no aplica a mercancías ya sujetas a los aranceles de la Sección 232 (acero, aluminio y ciertos vehículos), ni a materiales informativos, donaciones, equipaje de pasajeros, determinadas materias primas críticas y otros bienes considerados estratégicos para el mercado estadounidense.
Contexto
Esta medida sustituye las acciones previamente adoptadas bajo la Sección 122, las cuales concluyen el 24 de julio de 2026, y forma parte de la política comercial estadounidense orientada a corregir desequilibrios comerciales y reforzar estándares laborales.
Recomendaciones para las empresas
Se recomienda a las empresas exportadoras:
- Verificar que sus productos cumplan plenamente con las reglas de origen del T-MEC y cuenten con la documentación de soporte correspondiente.
- Revisar si sus mercancías se encuentran dentro de alguna de las categorías exceptuadas.
- Evaluar el impacto de estos nuevos aranceles en contratos, precios y cadenas de suministro.
- Dar seguimiento a las publicaciones oficiales del USTR y de la Secretaría de Economía, ya que podrían emitirse criterios adicionales sobre la aplicación de la medida.
Nuestro despacho se encuentra a su disposición para analizar el impacto específico de estas disposiciones en sus operaciones de comercio exterior, revisar el cumplimiento de las reglas de origen del T-MEC y diseñar estrategias para mitigar riesgos comerciales y aduaneros.